Las leyes de igualdad de género y el debate sobre identidades no binarias en el Estado colombiano

Comprendiendo el género fluido

De acuerdo con Woodall y Owen (2023), el ser género fluido se refiere al “cambio y la flexibilidad a lo largo del tiempo en la identidad de género, la expresión de género o ambas de una persona. Representa la experiencia en la que la identidad de género de una persona no es fija y puede cambiar o fluctuar”.

Esta identidad se enmarca dentro del espectro trans y no binario, al no ajustarse a las categorías binarias de “masculino” y “femenino”, por lo tanto, quienes se identifican como género fluido pueden experimentar variaciones en su identidad de manera diaria, semanal o mensual, e incluso pueden no identificarse en absoluto con el concepto de género. Estos cambios pueden implicar ajustes en la vestimenta, en los pronombres o en la forma en que se afirma su identidad en distintos momentos (Woodall & Owen, 2023).

El caso de Juan Carlos Florián Silva

Es importante entender de manera clara este concepto debido a que recientemente se nombró a Juan Carlos Florián Silva en el Ministerio de Igualdad, quien desde hace años se ha declarado como una persona de género fluido, lo cual ha generado debate en Colombia. Dado que Florián asumió el cargo de ministra. Lo cual ha causado que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca recibiera diferentes demandas en las que se cuestiona si este nombramiento incumple la Ley de Cuotas, la cual exige que al menos el 50 % de los cargos de máximo nivel decisorio en el Estado sean ocupados por mujeres (Ramírez, 2025). La demanda se fundamenta en que, con el nombramiento de Florián, la composición del gabinete sería entendida desde el sexo asignado al nacer de Florián, dejando un total de 10 hombres y 9 mujeres, lo que dejaría un déficit frente al mínimo legal requerido.

Desde esta perspectiva, marcada por la falta de reconocimiento del género no binario, se le da mayor importancia al sexo asignado al nacer que a la identidad de género construida y reconocida por la persona (Ramírez, 2025). Bajo esta mirada, aunque se reconoce de manera parcial la identidad de género, esta solo se valida en la medida en que resulte conveniente para otros. En consecuencia, se deja de lado la experiencia y autodefinición de la persona, priorizando la percepción externa. Este mismo patrón ha sido observado en discursos antitrans y en ciertos sectores del feminismo radical, donde no se reconoce a las personas más allá de su sexo asignado al nacer, debido a la incomodidad que genera el cambio y a la sensación de pérdida de control frente a lo diferente.

Posiciones encontradas

Por otro lado, la Presidencia defendió el nombramiento argumentando que desconocer la identidad de Florián supondría una negación de sus derechos fundamentales, ya que se identifica desde hace años como persona de género fluido y ha hecho tránsito hacia lo femenino en múltiples dimensiones (Ramírez, 2025; Cuesta, 2025).

A su vez, colectivos trans respaldaron el nombramiento como un símbolo de apertura democrática y reconocimiento de la diversidad. Según Bernal (2025), organizaciones como la Fundación de Mujeres Trans Diversas del Río Tuluni señalaron que reducir la discusión a una clasificación binaria constituye un acto discriminatorio y contrario a los principios de igualdad material y progresividad en derechos humanos.

Choque entre normas y realidades sociales

Esto ha causado que el caso sea controvertido, siendo visto desde diversos puntos de vista, y revelando el desfase entre la normativa vigente y la diversidad de identidades reconocidas en la sociedad. Para algunos sectores, la paridad de género debe entenderse únicamente en términos binarios, lo que invisibiliza las experiencias de personas no binarias y trans. Al priorizar el sexo al nacer sobre la identidad vivida, se corre el riesgo de limitar derechos fundamentales y perpetuar visiones excluyentes (Ramírez, 2025).

Un debate abierto

El caso Florián ha generado divisiones entre sectores sociales, dado que, por un lado, persiste la preocupación de que la ampliación de la categoría “mujer” pueda desplazar las luchas históricas de las mujeres en el acceso a cargos de poder y su posición como sujeto político. Mientras que por otro lado, el hecho de negar el reconocimiento de identidades no binarias es perpetuar exclusiones y discriminaciones.

Más que un enfrentamiento entre grupos vulnerables, este debate refleja la necesidad de actualizar las leyes para reconocer la diversidad de género y garantizar simultáneamente la protección de los derechos de las mujeres, viendo la ley desde la interseccionalidad y las necesidades de la población, y no desde la diferencia.

El reto está en construir marcos legales que no enfrenten a poblaciones históricamente discriminadas, sino que aseguren un piso común de igualdad y dignidad.

Conclusión

La situación evidencia que la normativa de cuotas de género en Colombia, basada en una visión binaria, resulta insuficiente para responder a las realidades sociales actuales. Reconocer la identidad de género fluida no significa desconocer la lucha de las mujeres, sino ampliar el horizonte de los derechos humanos en un Estado plural y democrático.

La falta de comprensión y educación sobre la diversidad, junto con la tendencia a separar a los grupos, termina siendo un síntoma del conservadurismo, en donde se usa este tipo de casos complejos y sin una respuesta sencilla como argumento para generar mayores dudas sobre lo desconocido e incomprendido, y así presentar la “inclusión” como algo negativo que perjudica a los sectores más vulnerables, en este caso las mujeres. Este razonamiento fomenta la división entre colectivos y desvía la atención de los verdaderos responsables de debilitar los derechos de las minorías.

El desafío consiste en encontrar mecanismos que garanticen simultáneamente la participación política de las mujeres y el reconocimiento pleno de las identidades no binarias y trans, evitando que unas luchas se utilicen para invalidar a otras. El rechazo al diferente y el uso de estos casos para justificar la transfobia o la homofobia no pueden ser la vía para resolver la situación. Se requiere un verdadero entendimiento tanto de la ley como de la identidad para alcanzar soluciones justas e inclusivas.

Referencias

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